La pedofilia y específicamente los delitos de abusos contra menores cometidos por sacerdotes fueron introducidos por el Vaticano en un artículo del Código de Derecho Canónico, una medida exigida por las víctimas.
A partir de este 1 de junio el referido delito contra menores queda tipificado en la nueva versión del Código en un canon específico según informó la agencia AFP.
De acuerdo con la reforma del Código de Derecho Canónico notificada por el Vaticano, se establece una ampliación de los periodos de prescripción y se indemniza a las víctimas.
El Papa Francisco revisó la disciplina penal con el objetivo de agilizar y endurecer las penas contra los sacerdotes que abusan sexualmente de menores, ello con la finalidad de erradicar uno de los fenómenos que más ha desacreditado a la Iglesia católica.
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En un escrito firmado por el Sumo Pontífice el pasado 23 de mayo, Francisco que prometió cero tolerancia ante la pederastia de los sacerdotes, reconoció los daños causados y confía que al tipificar el delito se logre “prevenir males mayores y sanar las heridas causadas por la debilidad humana”.
Con este nuevo artículo queda modificado el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.
Así pues, los delitos contra menores por parte de curas serán considerados por la sección titulada “Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad humana” e incluirá desde ahora “el delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o una persona habitualmente afectada por el uso imperfecto de la razón o con una persona a quien el la ley reconoce una protección similar”.
También indica que será sancionado el sacerdote que induzca a un menor a “participar en exhibiciones pornográficas” o que conserve imágenes de pornografía infantil (sanción que puede llegar a la expulsión de la Iglesia).