La Directiva 6.10 creada el 26 de mayo de 2011 que tiene como centro indicar a los agentes de la Policía de Filadelfia cuales son las mejores prácticas para participar con funcionarios de la ley en las redes sociales, ha sido vulnerada.
El ejercicio superficial de cotejar los resultados del hallazgo del Plain View Proyetc con las reglas de conducta en la redes sociales dictadas para los uniformados de la ley en la ciudad más populosa de Pensilvania, pone en aprietos a los agentes que se involucraron en la expresión de sus opiniones en torno a la raza, el género o la violencia a través de sus cuentas de Facebook.
El punto de esta exposición está en que ocho años atrás el Departamento de Policía de Filadelfia se tomó el trabajo de normar la conducta que sus oficiales debían mantener en el uso de sus cuentas sociales.
Sin embargo no solo un grupo de la fuerza no atendió a la Directiva 6.10 que fue redactada con meticulosidad en los tiempos del “blackberry”, sino lo que es aún más preocupante, es que no hubo una instancia de seguimiento que regulara el dialogo en las redes sociales para impedir que la institución policial cayera degradada en esta crisis de reputación en la que sus propios miembros la han involucrado.
La última revisión que se realizó a la Directiva 6.10 fue fechada el 7 de junio de 2012. El documento aborda cuatro puntos explicativos en torno al propósito de las reglas. Asimismo redacta dos puntos como “antecedentes” que precisa a los uniformados que la razón de regular los contenidos en las redes sociales está en que cada miembro de la fuerza con sus opiniones actúa como un embajador del Departamento.
Inclusive, para aquellos integrantes del departamento policial poco preocupados por la tecnología, la Directriz 6.10 se ocupa de dotarlos de siete definiciones que colocan información en el “horizonte común” de cada uno de sus integrantes.
El punto número 4 de la Directiva 6.10 redacta lo que podrían ser los “10 mandamientos” en torno a la política del uso de los medios sociales:
- Es política del Departamento de Policía de Filadelfia que todas las leyes, reglas, regulaciones y directivas existentes que rigen la conducta dentro y fuera del trabajo sean aplicables a la conducta asociada con los medios sociales y las redes sociales.
- Cuando se involucran en redes sociales, los empleados se adhieren estrictamente a todo lo siguiente:
- Leyes federales, estatales y locales existentes.
- Políticas de la Ciudad de Filadelfia y del Departamento de Policía de Filadelfia.
- Leyes relativas a la información pública sobre arrestos, investigaciones y datos personales.
- Se prohíbe a los empleados usar su condición de miembros del departamento de policía para endosar cualquier producto o servicio sin el permiso previo por escrito del Comisionado de Policía o de la persona que éste designe.
- Se prohíbe a los empleados publicar imágenes de personal policial que trabaje encubierto o identificar a dicho personal como agentes de las fuerzas del orden.
- Se prohíbe a los empleados usar la propiedad de la Ciudad de Filadelfia o del Departamento de Policía de Filadelfia (dentro o fuera de servicio) para participar en el uso personal de los medios de comunicación social.
- Para la propuesta de esta política, la propiedad del Departamento de Policía de la Ciudad incluye, pero no se limita a, computadoras de escritorio, computadoras portátiles, teléfonos celulares, dispositivos de mano digitales o electrónicos (por ejemplo, teléfonos Blackberry) y medios de almacenamiento digital.
- Mientras están de servicio, se les prohíbe a los empleados usar propiedad privada para el uso personal de los medios de comunicación social.
- Los empleados que están fuera de servicio, y que utilizan propiedad privada para participar en el uso personal de los medios de comunicación social, no representan a la Ciudad de Filadelfia, al Departamento de Policía de Filadelfia, ni a ningún cargo oficial mantenido por ninguna de las dos entidades. En tales condiciones, los empleados sólo se representan a sí mismos y a sus intereses personales.
- No hay una expectativa razonable de privacidad cuando se participa en redes sociales en línea. Como tal, el contenido de los sitios web de redes sociales puede ser obtenido para su uso en juicios penales, procedimientos civiles e investigaciones departamentales.
- Se prohíbe a los empleados usar ofensas étnicas, blasfemias, insultos personales; material que sea acosador, difamatorio, fraudulento o discriminatorio, u otro contenido o comunicaciones que no serían aceptables en un lugar de trabajo de la Ciudad bajo la política o práctica de la Ciudad o agencia.
- Se prohíbe a los empleados mostrar imágenes, dibujos animados, chistes, mensajes u otro material sexualmente explícito que pudiera considerarse que viola la Política de la Ciudad Prevención del acoso sexual en el gobierno de la ciudad.