La Corte Suprema de Justicia de El Salvador (CSJ) anuló una orden del presidente Nayib Bukele de aprehender a personas que violen la cuarentena domiciliaria obligatoria e internarlos en albergues durante 30 días como parte de las medidas ejecutadas para contener la propagación de la COVID-19.
“El Presidente de la República, la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y cualquier otra autoridad tienen constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas”, consignó en una resolución la Sala Constitucional de la Corte el miércoles 8 de abril.
Así la CSJ le salió al paso al endurecimiento de las medidas restrictivas que Bukele anunció el lunes 6 de abril durante una cadena de radio y televisión, en la que llamó a la policía y al ejército a detener a las personas y decomisar sus vehículos cuando, sin motivo alguno, circulen por las calles e incumplan la cuarentena.
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Con la orden de Bukele los operativos se intensificaron y las detenciones aumentaron. La prohibición al Jefe de Estado y las fuerzas de seguridad se mantendrá mientras la Asamblea Legislativa (Congreso) “no emita una ley formal” en la que se establezcan medidas que se aplicarán a los infractores.
“Ninguna autoridad puede por motivo de dicha cuarentena decomisar vehículos de personas ni ningún otro bien, salvo la aplicación de otras leyes que regulen delitos o infracciones administrativas diferentes”, refiere el dictamen de la Corte.
Hasta la fecha El Salvador acumula 103 casos confirmados de COVID-19 y cinco personas han fallecido.