La Oficina de los Comisionados de Philadelphia quiere asegurarse de que todos estén preparados y listos para el día de las elecciones primarias, que se celebrarán el próximo martes 20 de mayo.
Fechas importantes para las elecciones primarias
- 5 de mayo: Fecha límite para el registro de votantes
- 13 de mayo: Fecha límite para solicitar el voto por correo
- 20 de mayo: Día de las elecciones y último día para que la Junta Electoral reciba las boletas por correo.
Registro de votantes
Para votar en las primarias del 20 de mayo, los ciudadanos deben estar previamente registrados. La fecha límite para registrarse es el lunes 5 de mayo a las 11:59 pm.
Los residentes pueden registrarse o actualizar su registro
- En línea: Visitando Vote Phila para registrarse o actualizar
- En persona: Visitando la Sala 142 del Ayuntamiento, la Oficina de Registro de Votantes, ubicada en 520 N. Columbus Blvd., o en cualquiera de las 10 Oficinas Electorales Satélite permanentes de los Comisionados de la Ciudad.
Se puede consultar el mapa interactivo de ubicaciones de las Oficinas Satélite para encontrar la más cercana
- Por correo: Descargando, completando y enviando por correo un formulario de registro de votante a la Junta Electoral del Condado. Debe recibirse, sin matasellos, antes del 5 de mayo.
Voto por correo
La fecha límite para solicitar una boleta por correo o en ausencia es el martes 13 de mayo, a las 5:00 pm.
Los electores pueden solicitar una votación por correo:
- En línea: Aquí pueden presentar una solicitud en línea.
- En persona:Visitando la Sala 142 del Ayuntamiento o una Oficina Electoral Satélite para solicitar, recibir, completar y devolver una papeleta de voto por correo.
- Por correo:Descargando, completando y enviando por correo una solicitud a la Junta Electoral del Condado. Debe recibirse, sin matasellos, antes del 5 de mayo.
Las papeletas de voto por correo deben ser recibidas por la Junta Electoral del Condado a más tardar a las 8:00 pm del día de la elección.
Las papeletas de voto por correo pueden devolverse en persona o por correo postal. Se recomienda que los votantes envíen sus papeletas por correo al menos 7 días antes del día de las elecciones, el martes 20 de mayo.
También pueden devolverlas en persona en uno de los 34 buzones de entrega de papeletas seguros ubicados por toda la ciudad. En este mapa interactivo se encuentran todos los buzones de entrega de papeletas por correo.
Notas importantes:
- Los votantes sólo pueden devolver su propia papeleta de voto por correo.
- Los votantes con una enfermedad o discapacidad física que no puedan transportar su papeleta de voto por correo pueden completar unformulario de Agente Designado, que permite que otra persona la transporte. Este debe sujetarse al sobre de declaración con un clip o una liga, y la papeleta debe entregarse en cualquier oficina de la Junta Electoral del Condado o en una urna electoral.
- Las papeletas no pueden devolverse a los lugares de votación.
- Si el elector solicitó una papeleta de voto por correo, pero luego decidió votar en persona en un centro de votación el día de las elecciones, debe traer consigo el paquete completo de su papeleta. Deberá entregar su papeleta y el sobre de declaración del votante al Juez Electoral, quien le pedirá que firme una Declaración. Después, podrá firmar en el libro de votación electrónico y votar en la máquina. Si no tiene su papeleta de voto por correo para entregar, podrá votar con una papeleta provisional.
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Votación en persona
El día de las elecciones es el martes 20 de mayo.Las urnas estarán abiertas de7:00 am a 8:00 pm.Si está en la fila antes de las 8:00 pm, los votantes podrán ejercer su derecho al voto.
Antes de salir a votar:
- Verificar el estado de su registro. Los electores deben confirmar que está registrado para votar en Philadelphia en las elecciones.
- Encontrar su centro de votación: Los electores deben buscar su centro de votación con anticipación en el atlas. Deben ingresar su domicilio para encontrar información sobre accesibilidad y estacionamiento, una vista previa de su boleta, la información de contacto de sus funcionarios electos y más.
- Los electores deben asegurarse de contar con tiempo suficiente para votar.
- También se recomienda un plan de viaje, ya sea que se planee caminar, conducir, usar el transporte público o explorar otras opciones como Indego,el programa de bicicletas compartidas de la ciudad.
En las urnas:
- Las máquinas de votación son accesibles y se pueden realizar adaptaciones para cualquier persona que necesite ayuda.
- Los trabajadores electorales pueden ayudar en caso de preguntas o de necesitar apoyo.
- Los libros de votación electrónicos se utilizan para agilizar el registro y garantizar un proceso fluido.

Solicitudes de voto en ausencia de emergencia
Si ocurre una emergencia, ya sea un viaje inesperado o una enfermedad, después de la fecha límite para solicitar el voto en ausencia, los electores pueden presentar una Solicitud de Boleta de Emergencia para Votar en Ausencia ante la Junta Electoral. Para recibirla, debe proporcionar un motivo de emergencia válido en su solicitud.
Los votantes mayores de 65 años o con una discapacidad permanente también pueden obtener una Boleta Alternativa de Emergencia si su centro de votación no es totalmente accesible. Pueden obtenerse si la persona se enteró de la inaccesibilidad después de la fecha límite de solicitud.
Las solicitudes de voto en ausencia y las boletas alternativas de emergencia no pueden presentarse antes de las 5:00 pm del martes anterior a las elecciones. Deben recibirse en la Junta Electoral del Condado, en la Sala 142 del Ayuntamiento, a más tardar a las 8:00 pm del día de las elecciones. No se aceptan matasellos.
Una papeleta de voto en ausencia/alternativa de emergencia solo puede ser recogida o devuelta por una persona distinta al votante si este está enfermo o tiene una discapacidad física. Para que esto sea posible, el votante y el agente deben completar un Formulario de Designación de Agente de Emergencia.
Informar sobre las preocupaciones electorales
Usted tiene derechos como votante.
Es ilegal que cualquier gobierno estatal o local discrimine a alguien negándole el derecho a votar en función de su:
- Carrera
- Etnicidad
- Origen nacional
- Pertenencia a una minoría lingüística.
El derecho a votar solo puede ser impugnado si un trabajador electoral, un observador electoral u otro votante afirma que el electorado no reside en el recinto electoral o no es quien dice ser.
Es ilegal que cualquier persona o empresa intimide o coaccione al electorado para que vote a favor o en contra de un candidato o tema político en particular. Aquí se pueden conocer los derechos como votante.
Para informar cualquier inquietud relacionada con las elecciones el día de las elecciones, como intimidación, interferencia, votación ilegal o campaña electoral ilegal, los residentes deben comunicarse con el Grupo de Trabajo Electoral del Fiscal de Distrito al(215) 686-9641.