El fiscal general de EE.UU., William Barr, ha determinado este martes que los familiares de una víctima de violencia no pueden optar a la solicitud de asilo como un “grupo social particular”, poniendo así un nuevo obstáculo a ese sistema de protección.
Los inmigrantes que temen ser perseguidos en sus países de origen debido a sus lazos familiares ya no se considerarán elegibles para recibir asilo, de acuerdo con una nueva directriz emitida por el secretario de Justicia William Barr.
Al pronunciarse sobre el denominado “Asunto de L-E-A”, referido a una decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración a favor de un ciudadano mexicano que solicitó asilo después de que su padre recibiera amenazas de parte de un cártel de drogas, Barr decidió anular el fallo. Según el fiscal general, la Junta “reconoció indebidamente a la familia inmediata del padre del demandado como un ‘grupo social particular’ a los efectos de calificar para el asilo”.
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De acuerdo a datos divulgados por medios locales, el fiscal general precisó que la Junta “reconoció indebidamente a la familia inmediata del padre del demandado como un ‘grupo social particular’ a los efectos de calificar para el asilo”.
Los argumentos de Barr están amparados en la Ley de Asilo, que establece que una persona que se encuentre en EE.UU. o que llegue a un puerto de entrada puede pedir asilo tras haber sido víctimas de persecución o temor a enfrentarla por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social y opinión política, beneficio que puede cobijar a cónyuge e hijos (menores de 21 años de edad y solteros) del solicitante.
El gobierno del presidente Donald Trump ha tomado varias medidas para limitar las concesiones de asilo, incluyendo dificultarles a las víctimas de violencia doméstica el obtener protección, así como poner fin al derecho a fianza para los solicitantes de asilo, una medida que fue revocada recientemente en una corte federal.
Pero en su decisión, el fiscal argumentó que “la mayoría de las familias nucleares no son inherentemente distintas socialmente y, por lo tanto, no califican como ‘grupos sociales particulares'”.
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“El hecho de que un grupo criminal, como un cartel de drogas, una banda o una fuerza guerrilla, intimiden a un grupo de personas no, por sí mismo, convierte a esas personas en un grupo social particular”, agregó.
El documento del fiscal general se conoció después de que el pasado 24 de julio un juez federal en California bloqueara temporalmente las restricciones al asilo aprobadas una semana antes por el presidente de EE.UU., Donald Trump, que buscaban dejar fuera del sistema a la mayoría de solicitantes centroamericanos.
El fallo de este magistrado, Jon S. Tigar, con tribunal en San Francisco (EE.UU.), reemplazó una decisión judicial anterior, de ese mismo día, que dejaba en pie la medida de Trump, en una efímera victoria para el mandatario.