Tras el fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, que limita el alcance de las órdenes judiciales federales, la controvertida orden ejecutiva del presidente Donald Trump, que restringe la ciudadanía automática a hijos de personas en situación migratoria irregular o con visas temporales, podría entrar en vigor en varios estados.
Pese a que la decisión emitida el pasado 27 de junio, 22 estados y el Distrito de Columbia mantienen bloqueos judiciales vigentes que impiden temporalmente la aplicación de esta medida, lo que significa que la ciudadanía por nacimiento sigue protegida en esos territorios.
La orden ejecutiva que limita las personas con derecho a obtener la nacionalidad estadounidense todavía no se implementa en:
- Arizona
- California
- Colorado
- Connecticut
- Delaware
- Hawái
- Illinois
- Maine
- Maryland
- Massachusetts
- Michigan
- Minnesota
- Nevada
- New Jersey
- Nuevo México
- Nueva York
- Carolina del Norte
- Oregón
- Rhode Island
- Vermont
- Washington
- Wisconsin
- Distrito de Columbia
El fallo de la Corte Suprema responde a la práctica de jueces federales de emitir interdicciones de alcance nacional, como las dictadas en Massachusetts, Maryland y Washington, que habían frenado la aplicación general de la orden ejecutiva.
La decisión limita el alcance de esas medidas cautelares únicamente a los estados que participaron en las demandas específicas, lo que abre la puerta a que, en los estados no cubiertos por estas sentencias, la orden ejecutiva pueda entrar en vigor en un plazo de 30 días a partir del fallo, a menos que se interponga y prospere una nueva acción judicial.
El fallo de la Corte Suprema deja abierta la posibilidad de que los grupos que impugnan la política aún puedan obtener remedio a nivel nacional a través de demandas colectivas, e intentar obtener la certificación de que se trata de una demanda colectiva a nivel nacional.

¿Qué significa la ciudadanía por nacimiento?
La ciudadanía por nacimiento convierte a cualquier persona nacida en Estados Unidos en ciudadano estadounidense, incluidos los niños nacidos de madres que están en el país sin autorización.
La práctica se remonta a poco después de la Guerra Civil, cuando el Congreso ratificó la 14ª Enmienda de la Constitución, en parte para asegurar que las personas afroamericanas, incluidas las que solían ser esclavos, tuvieran ciudadanía.
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La orden ejecutiva de Trump, firmada en enero, pretende negar la ciudadanía a los niños nacidos de personas que están viviendo en Estados Unidos ilegalmente o temporalmente. Forma parte de las medidas enérgicas contra la inmigración.
La ciudadanía por derecho de nacimiento, o ius soli, derecho del suelo, ha sido una de las medidas de Trump que ha generado grandes cuestionamientos, al considerarse que altera un pilar de los valores estadounidenses.
Países que la otorgan
Estados Unidos es uno de los al menos 30 países en el mundo que otorgan la ciudadanía por nacimiento, que también se aplica en: Antigua y Barbuda, Argentina, Barbados, Belice, Brasil, Canadá, Chad, Chile, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, Lesoto, México, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Uruguay y Venezuela.
Estos son países que, o bien tienen sistemas legales derivados del derecho consuetudinario británico, donde se desarrolló la práctica del “jus soli”, o bien instauraron la medida de otorgar la ciudadanía instantánea con el fin de atraer gente a sus países, como sucede en naciones de centroamericanas y sudamericanas.